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Seguridad Pública > Auxiliar Administrativo > Información General

En nuestra Academia las oposiciones de Administrativo y Auxiliar Administrativo se preparan de forma individualizada al resto de oposiciones.

La Academia cuenta con un amplio equipo de profesionales cualificados especializado en cada una de las materias del temario de las oposiciones (materia jurídica, psicotécnicos, psicosociolgía y mecanografía).

Con una gran demanda anual es una de las profesiones con más posibilidades de especialización del sector. Teniendo el aliciente de poder ampliar conocimientos posteriormente con la posibilidad de acceder a cualquiera de los múltiples campos que ofrece este Cuerpo a nivel nacional.

Las oposiciones de ingreso se efectuará conforme a los principios de objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad, a través del procedimiento de oposición libre, previa superación de las pruebas selectivas establecidas en el BOE.

Las bases de las oposiciones y los plazos generales para poder acceder a este Cuerpo son:


1. Nacionalidad.

1.1 Tener la nacionalidad española.

1.2 También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

  • a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
  • b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
  • c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los extranjeros incluidos en los apartados c) y d), deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

2. Capacidad:

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

3. Edad:

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

Las bases específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.

4. Habilitación:

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

5. Titulación:

Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas de cada convocatoria.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

ACCESO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1. Las convocatorias de las pruebas selectivas correspondientes a la Oferta de empleo público, deberán incluir la reserva de un cupo no inferior al 5 por 100 de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, que cuenten con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

El Ministerio de Administraciones Públicas realizará la distribución de la reserva de plazas dando preferencia a las vacantes en Cuerpos y Escalas cuyas funciones resulten compatibles con la existencia de una minusvalía. Dicho cupo quedará recogido, cuando corresponda, en las convocatorias específicas.

2. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en las convocatorias.

3. Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.

Las solicitudes deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

4. En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema general (libre o promoción interna), este, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

5. Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desierta, no podrán acumularse a los turnos ordinarios de acceso, salvo en las convocatorias de promoción interna.

FUNCIONARIOS ESPAÑOLES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES.

Los funcionarios españoles de Organismos Internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquellas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el RD 182/1993, de 5 de febrero.


Temarios:

Los libros de texto se adecuan al temario oficial de las oposiciones y sirven como apoyo a los textos elaborados por el propio centro.

Plazos:

Todos los requisitos enumerados anteriormente y reflejados en las bases de las oposiciones, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse a lo largo del proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.

Orientación y apoyo psicopedagógico:

Existe un departamento especializado en orientación académica cuyas funciones principales son:

  • Prestar ayuda a los/as alumnos/as en la elaboración y búsqueda de documentación complementaria, tales como lecturas de textos de apoyo, y realización de esquemas y resúmenes del temario de la oposición.
  • Simulación de pruebas objetivas de exámenes, evaluación y sugerencias en la realización de los mismos.
  • Ayuda y facilitación de estudio. Técnicas y estrategias más adecuadas, como temporización, métodos adecuados y eficaces..


Aspectos didácticos:

Existe una biblioteca de préstamo específico con textos relacionados tanto con las pruebas de la oposición como con todo lo relacionado con seguridad pública y privada.

Los recursos didácticos se apoyan en CD´S, vídeos y apoyo informático de libre utilización en los días y horas reseñadas a tal efecto.

Profesorado:

 

 

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